Requisitos:
-Tener contrato de alquiler
-Que la vivienda arrendada sea la vivienda habitual y permanente
-La suma total de las rentas anuales de todas las personas empadronadas en la vivienda sean iguales o inferiores a 3 veces el IPREM, es decir 20.844,72€ (puede variar en casos concretos)
Aquellas personas beneficiarias de otra ayuda de alquiler, no podrán ser beneficiarias de esta ayuda
Cuantía y duración de la ayuda:
-La persona beneficiaria se le concederá una ayuda del 50% que deba satisfacer por el alquiler de la vivienda habitual y permanente
-La duración de esta ayuda cumpliendo los requisitos puede ser de hasta 5 años
Plazo de presentación: Desde el 02/01/2023 hasta 05/05/2023 o agotamiento de crédito